Código de Conducta

Código de Conducta

Lidl respeta los estándares sociales mínimos dentro de la compañía, así como en las relaciones comerciales con sus colaboradores. En esta línea, la cadena forma parte de la Iniciativa para la Responsabilidad Social de la Empresa - BSCI (Business Social Compliance Initiative), desarrollada por la Asociación Europea de Comercio Exterior. Sobre esta base, Lidl ha desarrollado su Código de Conducta para mejorar los estándares sociales mínimos de sus colaboradores en los países proveedores. De hecho, estos estándares mínimos constituyen la base fundamental de las relaciones comerciales entre Lidl y sus colaboradores.

1. Dignidad humana

El respeto por la dignidad humana constituye un requisito previo elemental para la convivencia humana.

 

2. Cumplimiento de las obligaciones legales

Las leyes y disposiciones nacionales vigentes, así como las convenciones de la OIT y de la ONU, son de obligado cumplimiento. De toda la normativa en vigor se deberá aplicar la más adecuada para cumplir con el objetivo de proteger los estándares sociales. Está prohibida la corrupción activa y pasiva (sobornar o recibir sobornos), y cualquier otro tipo de corrupción.

 

3. Prohibición del trabajo infantil

En la elaboración de productos y prestación de servicios para Lidl está prohibido el trabajo infantil, tal y como lo definen las convenciones de la OIT y de la ONU, la norma internacional SA8000 sobre responsabilidad social y la normativa nacional. El incumplimiento de esta prohibición deberá corregirse mediante estrategias y procedimientos documentados; deberá prestarse un apoyo adecuado a la educación escolar de los niños.

Los adolescentes que, de acuerdo con la definición de la norma internacional SA8000, tengan como mínimo 15 años y aún no hayan cumplido los 18, solo podrán tener un empleo fuera de su horario escolar. El horario de trabajo no deberá superar en ningún caso las 8 horas diarias, y el tiempo total de asistencia escolar, la jornada laboral y el tiempo empleado en el transporte no deberá superar tampoco en ningún caso las 10 horas diarias. Los adolescentes no podrán desempeñar trabajos nocturnos.

 

4. Prohibición del trabajo forzado y las medidas disciplinarias

Está prohibido cualquier tipo de trabajo forzado. Están igualmente prohibidos el castigo físico, la violencia imperativa psicológica o física, así como las injurias verbales.

 

5. Condiciones de trabajo y salario

Debe cumplirse la normativa jurídico-laboral nacional vigente. Los salarios y demás remuneraciones deberán ser conformes, como mínimo, a las reglamentaciones legales y/o a los estándares de la industria local. Los salarios y demás remuneraciones deberán estar definidos de forma clara y deberán abonarse con regularidad. El objetivo es el pago de salarios y demás remuneraciones que cubran los costes de vida, cuando los sueldos mínimos establecidos por la ley no sean suficientes para ese fin. Las deducciones a cambio de retribuciones en especie solo están permitidas en casos muy concretos y únicamente en la proporción adecuada al valor de la retribución en especie.

El horario de trabajo máximo regular depende de lo que establezca la ley. Nunca deberá superar las 48 horas semanales. La cantidad de horas extraordinarias por semana no deberá ser superior a 12 horas; únicamente se permitirán horas extraordinarias adicionales cuando sea necesario por causas imprevistas por parte de la empresa y siempre que exista un convenio laboral que lo autorice. Las horas extraordinarias prestadas deberán remunerarse por separado o compensarse con tiempo libre. Después de 6 días de trabajo consecutivos, el empleado tendrá derecho a un día libre. Solo se permitirán más días de trabajo consecutivos si estuviese expresamente contemplado en la legislación nacional y en un convenio laboral.

 

6. Prohibición de discriminación

Está prohibido cualquier tipo de discriminación por razón de sexo o de identidad sexual, edad, religión o convicciones, raza, origen étnico, origen nacional o social o discapacidad de los empleados.

 

7. Libertad de organización y reunión

No se podrán limitar de ninguna manera los derechos de los empleados para fundar organizaciones laborales y asociarse a las mismas; tampoco se podrán limitar los derechos a la negociación colectiva conformes a las leyes y disposiciones nacionales correspondientes, así como a las convenciones de la OIT. No se podrán discriminar los empleados por razón del ejercicio de estos derechos.

 

8. Seguridad y salud en el lugar de trabajo

Se deberán garantizar condiciones seguras y saludables en el lugar de trabajo. Las condiciones en el lugar de trabajo y en las instalaciones de la empresa, así como las condiciones laborales que violen los derechos humanos fundamentales, quedan prohibidas. En especial, los empleados adolescentes no deberán estar expuestos a circunstancias peligrosas, inseguras o insalubres que pongan en peligro su salud y su desarrollo. El personal deberá recibir regularmente cursos de formación sobre seguridad y sanidad.

La dirección de la empresa deberá designar una persona encargada de la salud y la seguridad del personal, que se responsabilizará de la implantación y del cumplimiento de los estándares de salud y seguridad en el lugar de trabajo.

 

9. Protección del medio ambiente

El tratamiento de residuos y la manipulación de productos químicos u otras sustancias o materiales peligrosos deberán cumplir los requisitos legales en materia de seguridad y protección del medio ambiente. Los empleados deberán recibir formación sobre la manipulación de sustancias o materiales peligrosos.

 

10. Implantación

La implantación y posterior acompañamiento de los estándares sociales indicados hasta ahora deberán efectuarse mediante una estrategia corporativa interna sobre las responsabilidades sociales y mediante el correspondiente desarrollo de un procedimiento corporativo interno. Deberá establecerse un sistema interno para registrar los incumplimientos de estos estándares sociales; los empleados que los denuncien no podrán ser castigados o discriminados por ello.

Los colaboradores aceptan que la implantación de estos estándares sociales pueda ser auditada en cualquier momento por la propia empresa Lidl o por una empresa auditora independiente contratada por Lidl.

Todos los colaboradores de Lidl están conformes a aplicar estos estándares sociales en su empresa, a imponerlos a su vez a sus colaboradores, y a velar por su implantación.